* La Mesa Negociadora para firmar el Convenio de Seguridad está formada por CC.OO., UGT, USO y CIGA ( Sindicato Independiente de Galicia ), cada vez que sale un Representante de estos Sindicatos en tu
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lunes, 28 de febrero de 2011

ASP denuncia la nueva normativa de seguridad privada ante AEPD

UNA FLAMANTE ORDEN MINISTERIAL SOBRE EL PERSONAL DE SEGURIDAD PRIVADA INCUMPLE LA LEY DE PROTECCION DE DATOS

La reciente Orden Ministerial 318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada, establece en su artículo 14 y detalla en el Anexo IV las características que ha de tener la Tarjeta de Identidad Profesional de los Vigilantes de Seguridad (TIP).
Tal norma establece que el número de identidad profesional debe ser coincidente con el número del Documento Nacional de Identidad o Número de Identificación de Extranjero.
En contra de esta disposición, y a instancia de ASP, ya se había pronunciado la Agencia Española de Protección de Datos mediante un informe en el que se concluía que no es ajustado a la ley que se exponga públicamente los datos personales de los agentes de seguridad privada.

Así, ASP trasladó puntualmente el citado informe la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil y a la Unidad Central de Seguridad Privada entre otros, pero parece ser que lo han guardado en “saco roto”.

Por tal motivo, el Sindicato ASP, ha presentado denuncia ante la Agencia Española de protección de datos contra el Comisario Jefe D. Esteban Gándara Trueba en su. calidad de máximo jefe de la Unidad Central de Seguridad Privada del Cuerpo Nacional de Policía, contra esa Unidad, contra el responsable de la Dirección General de la Policía y la Guardia Civil, contra el responsable de la Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior y contra el citado Ministerio en última instancia como máximo responsable por vulneración de la Ley Orgánica de Protección de Datos 15/99 del 13 de diciembre de 1999.

Con esta denuncia, ASP solicita que sea abierto el correspondiente expediente sancionador por infracción a la ley de Protección de Datos, así como a que se inicien las gestiones legales necesarias desde la Agencia Española de Protección de Datos para que se ponga fin a la pretendida inclusión de los datos protegidos en las nuevas Tarjetas de Identificación Profesional del personal habilitado de seguridad privada, y se inste con carácter de urgencia a la sustitución inmediata de las actuales tarjetas de todo el personal habilitado de seguridad privada por otras que no incluyan datos protegidos y se adecuen a la vigente ley Orgánica de Protección de Datos 15/99 del 13 de diciembre de 1999.




Fuente: Ser Vigilante

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