* La Mesa Negociadora para firmar el Convenio de Seguridad está formada por CC.OO., UGT, USO y CIGA ( Sindicato Independiente de Galicia ), cada vez que sale un Representante de estos Sindicatos en tu
empresa va sumando en esta Mesa a Nivel Estatal, como vereis otros Sindicatos Independientes no están
representados, ¡¡VOTA CC.OO somos la única alternativa !!

jueves, 7 de abril de 2011

Pago del plus de peligrosidad

Nueva forma de pago del plus de peligrosidad para aquellos vigilantes de seguridad que no la tienen consolidada (posteriores al 1 de enero de 1.994).

¿Qué dice el convenio? :
Articulo 69.- Complemento de puesto de trabajo.-

a) Peligrosidad
Apartado 3.- Sin perjuicio de la naturaleza del plus de peligrosidad como plus funcional, se garantiza a todos los vigilantes de seguridad del servicio de vigilancia que realicen servicios sin arma la percepción de un plus de peligrosidad mínimo equivalente a 18,00 euros mensuales,
abonables también en las pagas extraordinarias y vacaciones para los años 2009 y 2010 y 18,18 euros para el año 2011. En 2012, esta cuantía se revisara en base al IPC real del año 2011 más diferencia entre IPC real del año 2010 y el 1%.
En el caso de que realizaran parte o la totalidad del servicio con arma, percibirán el importe correspondiente a las horas realizadas con arma, siempre y cuando esta cantidad mensual supera los importes mínimos garantizados previstos en el párrafo precedente, quedando estos subsumidos en dicha cantidad mensual. Es decir, percibirá el mayor importe de las dos cuantías, nunca la suma de ambas.

Existen dos posibilidades para los compañeros que no tienen el plus consolidado:

1.- Que no se realice servicio con arma.
A partir de este año no se prorratea la peligrosidad, y se pasa a percibir el plus de peligrosidad todos los meses, incluidas pagas y vacaciones. La empresa al reconocerlo como parte del salario, hace que se incremente nuestra hora extra a razón de: 18,18 euros peligrosidad garantizada x 15 pagas = 272,7 euros/año 272,7 euros / 1782 jornada laboral año = 0,15303 €
En este caso nuestra hora extra se verá incrementada 0,15303 €, por cada hora que hagamos como peligrosidad garantizada en horas extras.

2.- Que se realice servicio con arma.
Según articulo 69 su apartado a) punto 2, el plus de peligrosidad mensual será de 135,76 €.
Por lo que tenemos que se cobran 135,76 € por 162 horas mensuales. Como ya se percibe 18,18 € de peligrosidad garantizada, hay que calcular a que tiempo de nuestra jornada corresponde:

Tiempo = 18,18 € x 162 horas / 135,76 € = 21,69 horas

Percibiremos el plus de peligrosidad variable cuando superemos este número de horas portando arma. En el caso de que durante todo el mes portemos arma, como ya nos han pagado 21, 69 horas ( a razón de 18,18 € en quince pagas), nos deberían de pagar: 162 horas – 21,69 horas = 140,32 horas

Nos queda calcular el precio de la peligrosidad variable:
135,76 € x 15 pagas = 2.036,4 € anuales, esta cantidad se prorratea en once mensualidades.
2.036,4 € / 11 meses = 185,127 € mes, por lo que sale un precio de hora de: 185,127 € / 162 horas jornada mes = 1,14280 €
Por lo que en la nomina, aparecerá el plus de peligrosidad en dos conceptos:
Plus Peligrosidad……………………………………….……..…….18,18€
Plus Peligrosidad (V)……….140,32 (horas)…..1,14280 €……...160,35 €

Solo queda calcular el precio de la hora extra, que vendrá desglosado en dos: uno como peligrosidad garantizada en horas extras 0,15303 € calculado que efectuamos en el punto 1 que se cobra siempre aunque las horas sean sin arma y otro que sería el plus de Peligrosidad en horas extras (1,14280 – 0,15303) 0,98977 €, que solo se cobraría por cada hora extra con arma. Estas dos cantidades aparecerían en el recibo de nuestra nomina junto a nuestro precio de hora ordinaria.

1 comentario:

  1. Buenas tardes. Llevo desde marzo de 1989 trabajando y tengo antigüedad consolidada, por lo que cobro siempre como vigilante armado aunque en ese momento no lleve arma. Si se cobra la peligrosidad por las 162 horas y se hacen aparte horas extras, ¿me tendrían que pagar "PLUS HORAS PELIGROSIDAD ARMADO"?, ya que algunas nóminas me las pagan a 0,90. Si es así ¿me tendrían que pagar todas las horas extras mensuales y sumar los 0,90 de las mismas extras mensuales que hago?. Muchas gracias

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